PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
PROPOSICIÓN | TURNO A COMISIÓN | RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE | RESOLUTIVOS APROBADOS | TRÁMITE |
1 Punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para que determine la creación de esa Comisión en el estado de Nuevo León. Proponente: Huerta Rea María de Jesús (PRI) Publicación en Gaceta: 11-Abril-2013 |
Fecha de presentación: 11-Abril-2013 - Asuntos Indígenas |
ÚNICO. Se exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) para que, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, determine la creación de la delegación de esa Comisión en el estado de Nuevo León, para la realización de las tareas que se señalan en el artículo 25 de su Estatuto Orgánico. | ÚNICO. Se exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas para que, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, determine la creación de la delegación de esa comisión en Nuevo León, para la realización de las tareas que se señalan en el artículo 25 de su Estatuto Orgánico. | Aprobada
con fecha 2-Octubre-2013 Publicación del dictamen Gaceta: 2-Octubre-2013 | 2 Punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, implemente políticas públicas para preservar y difundir las lenguas indígenas de nuestro país. Proponente: Caamal Mena José Angelino (NUEVA ALIANZA) Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2014 |
Fecha de presentación: 25-Marzo-2014 - Asuntos Indígenas |
PRIMERO. Se exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de Estadística y Geografía y al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas para que realice una actualización de las cifras de hablantes de lenguas indígenas y el estado de vulnerabilidad de cada una de ellas. SEGUNDO. Se exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas y al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología a producir materiales de divulgación científica en lenguas indígenas. TERCERO. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación para que en conjunto con el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas se establezcan las políticas públicas necesarias a efecto de que se haga efectivo el Artículo 6 de la Ley General de los Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. |
PRIMERO. Se exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de Estadística y Geografía y al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, para que implementen las medidas necesarias para actualizar las cifras de hablantes en lenguas indígenas, incorporando a la población indígena migrante, asimismo, que en el próximo Conteo de Población y Vivienda 2015, se incorpore en el cuestionario básico, las preguntas propuestas en los considerandos que anteceden. SEGUNDO. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación para que en conjunto con el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, adopten e instrumenten las políticas públicas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, asimismo, se exhorta al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, para que implementen las acciones necesarias con el objeto de producir materiales de divulgación científica en lenguas indígenas. |
Aprobada
con fecha 23-Septiembre-2014 Publicación del dictamen Gaceta: 23-Septiembre-2014 |